lunes, 30 de mayo de 2011

Petitorio entregado a los Legisladores en la Marcha del Día 17/05/2011

                                                 Mendoza, 17 de mayo de 2011


Sres./as Legisladores:

Los abajo firmantes Padres Autoconvocados de Niños, Jóvenes y Adultos con Discapacidad,  Personas con Discapacidad, Familiares y Amigos compartimos historias comunes. Desde el nacimiento de nuestros hijos hemos tenido que sortear barreras nacidas al calor de la ignorancia, la indiferencia y la discriminación.
Mendoza es una de las provincias con mayor índice de discapacidad según el Primer Censo Nacional (ENDI 2002-2003). El 10% de los mendocinos presenta algún tipo de déficit, este dato tan significativo, debería ser un fuerte indicador para implementar políticas sociales claras y contundentes dirigidas a este sector social con un alto grado de vulnerabilidad.
La Ley Provincial 5041/85 fue una manifestación inicial a la problemática de la discapacidad, pero sin dudas hoy es una legislación que no responde a las demandas y necesidades actuales.  
Llevamos años solicitando la adhesión a la Ley Nacional 24.901/97, pero no hemos recibido una respuesta que garantice a nuestros familiares con discapacidad el respeto y ejercicio de sus derechos como sujetos y ciudadanos.
Sólo tres provincias en el país todavía no señalaron su adhesión a esta ley marco, Mendoza es una de ellas. Esto significa en la práctica menos salud, menos atención terapéutica, menos rehabilitación, menos educación, menos accesibilidad, menor posibilidad laboral, para un sector social que es doblemente excluido por pobreza y discapacidad.
Por ello, exigimos:
** Adherir a la Ley Nacional 24.901 Sistema de Prestaciones Básicas en Habilitación y Rehabilitación a favor de las Personas con Discapacidad, la cual establece responsabilidades y garantiza las prestaciones de salud, rehabilitación, educación, traslado, esparcimiento, capacitación para el trabajo, etc. Para que todas las Obras Sociales de la provincia (nacionales o provinciales), Prepagas,  Aseguradoras de Riesgo de Trabajo, Mutuales así como el ESTADO, garanticen las prestaciones consagradas en la normativa nacional.
**Adecuación de la legislación provincial acorde a la Convención Internacional Sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. Ley 26.378
**Servicio adecuado en cantidad y calidad de la Dirección de Discapacidad de la Provincia.

Porque creemos que nuestro reclamo es JUSTO insistimos en la adhesión de Mendoza a la Ley Nacional 24.901, porque la IGUALDAD ANTE LA LEY, es uno de los principios consagrados en la CONSTITUCION NACIONAL ARGENTINA. Los derechos  solo existen si se ejercen.

                                                                   PADRES AUTOCONVOCADOS 
                                                        DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD

1 comentario:

  1. Nos gratifica tu comentario!
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    A la brevedad te respondemos!
    Muchas gracias por pasar por nuestro blog
    Laura

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